Qué es la tarifa plana de 80 € para nuevos autónomos, quién puede pedirla, cuánto dura, cómo ampliarla un año más y los errores que te la hacen perder.
La tarifa plana es una cuota reducida de 80 € al mes durante los primeros 12 meses como autónomo, sin importar lo que factures. Pueden pedirla quienes se dan de alta por primera vez o llevan al menos dos años sin ser autónomos, y se solicita en el mismo momento del alta en la Seguridad Social. Si al acabar el primer año ganas menos del salario mínimo, puedes ampliarla 12 meses más.
Es la ayuda más importante para empezar: frente a la cuota normal, puede suponer un ahorro de entre 1.500 y 3.000 € el primer año. En esta guía tienes:
- Cuánto pagas y qué cubre.
- Los requisitos para tener derecho.
- Cómo pedirla y cómo ampliarla al segundo año.
- Los casos especiales y las ayudas autonómicas que la complementan.
- Los errores que hacen que la pierdas.
Cuánto pagas con la tarifa plana
| Periodo | Cuota mensual | Condición |
|---|---|---|
| Meses 1 a 12 | 80 € | Ninguna: da igual lo que factures |
| Meses 13 a 24 (ampliación) | 80 € | Que tus rendimientos netos previstos sean inferiores al salario mínimo interprofesional |
| Después | Según tu tramo de ingresos | Pasas al sistema general de cotización por ingresos reales |
Como referencia, el salario mínimo interprofesional de 2026 es de 1.221 € al mes en 14 pagas, es decir, 17.094 € al año (fuente). Si prevés que tus rendimientos netos del segundo año quedarán por debajo de esa cifra, puedes pedir la ampliación.
La cuota de 80 € se cobra cada mes por domiciliación, igual que la cuota normal. Si te das de alta a mitad de mes, ese primer mes pagas solo la parte proporcional a los días de alta.
Qué cubre
Con la tarifa plana tienes las mismas coberturas que cualquier autónomo: baja por enfermedad o accidente, nacimiento y cuidado de menor, cese de actividad y jubilación. Ten en cuenta que las prestaciones se calculan sobre tu base de cotización, que durante la tarifa plana es baja: si te pones de baja, cobrarás poco. Si tu actividad depende de ti físicamente, valora un seguro de baja laboral.
Requisitos para tener derecho
Tienes derecho a la tarifa plana si cumples todos estos requisitos (fuente):
- Es tu primera alta como autónomo o no has estado de alta en el RETA en los 2 años anteriores. Si ya disfrutaste de la tarifa plana alguna vez, el plazo sin alta es de 3 años.
- No eres autónomo colaborador, es decir, no te das de alta como familiar que trabaja con otro autónomo.
- No tienes deudas con la Seguridad Social ni con Hacienda. Si tienes alguna, págala o aplázala antes del alta.
- La solicitas al darte de alta. No se puede pedir después.
Trabajar a la vez por cuenta ajena no te impide pedirla. Si es tu caso, lee nuestra guía de pluriactividad.
Cómo pedir la tarifa plana paso a paso
No hay un formulario aparte: la tarifa plana se pide dentro del propio alta en la Seguridad Social.
- Date de alta en Hacienda con el modelo 036. Lo explicamos en cómo darse de alta como autónomo.
- Entra en Import@ss, la web de la Seguridad Social, con certificado digital o Cl@ve, y abre el servicio de alta como trabajador autónomo.
- Rellena los datos del alta: fecha de inicio, actividad, mutua y tramo de rendimientos previstos.
- Marca la casilla de la cuota reducida (tarifa plana). Es el paso clave: si la dejas sin marcar, no hay vuelta atrás.
- Confirma el alta. En la resolución verás que tu cuota es de 80 € durante los primeros 12 meses.
Hazlo dentro de plazo: puedes darte de alta hasta 60 días antes de empezar la actividad y, como tarde, el mismo día en que empiezas.
Cómo ampliarla 12 meses más
Al terminar el primer año puedes seguir pagando 80 € otros 12 meses si prevés que tus rendimientos netos (ingresos menos gastos deducibles) de ese segundo año serán inferiores al salario mínimo.
- Cuándo: antes de que terminen los primeros 12 meses. Apúntalo en el calendario en cuanto te des de alta.
- Dónde: en Import@ss, con una declaración de que tus rendimientos previstos quedarán por debajo del salario mínimo.
- Ojo con la regularización: la cuota definitiva se ajusta con tus ingresos reales. Si al final ganas más de lo previsto, la Seguridad Social puede reclamarte la diferencia al año siguiente. Lleva tus números al día con un programa de facturación para no llevarte sorpresas.
Casos especiales
- Personas con discapacidad igual o superior al 33 %, víctimas de violencia de género o de terrorismo: pagan 80 € durante los primeros 24 meses, sin requisito de ingresos. Después pueden mantener una cuota reducida durante 36 meses más si sus rendimientos no superan el salario mínimo (según Infoautónomos, de 160 € al mes).
- Cuota cero autonómica: algunas comunidades, como Madrid, Andalucía, Murcia o Baleares, han ofrecido ayudas que devuelven los 80 € de la cuota durante el primer año a quienes inician actividad. Cada una tiene sus requisitos y plazos de solicitud, así que comprueba en la web de tu comunidad si la ayuda sigue abierta antes de darte de alta. Más ayudas en la categoría de ayudas y subvenciones.
- Si vuelves a darte de alta tras una baja: solo tendrás tarifa plana si han pasado 2 años desde tu baja (3 si ya la disfrutaste).
Ejemplo: cuánto ahorra Javier con la tarifa plana
Javier es electricista y se da de alta el 1 de enero. En su primer año prevé unos rendimientos netos de 2.000 € al mes.
- Sin tarifa plana, le correspondería el tramo de 1.850 a 2.030 €, con una cuota mínima de 380,88 € al mes: unos 4.570 € al año.
- Con tarifa plana paga 80 € al mes: 960 € el primer año.
- Ahorro: unos 3.610 € en su primer año.
- Segundo año: como sus rendimientos superan el salario mínimo, no puede ampliarla y pasa a cotizar por su tramo.
Las cuotas por tramo del ejemplo son las mínimas vigentes en 2026. Puedes ver la tabla completa en cómo darse de alta como autónomo.
Errores que te hacen perder la tarifa plana
- No marcar la casilla en el alta. Es el error más frecuente y no tiene arreglo.
- Darte de alta con deudas con Hacienda o la Seguridad Social.
- Haber estado de alta hace menos de 2 años, aunque fuera unos pocos meses.
- Olvidar pedir la ampliación antes de que acabe el primer año.
- Pedir la ampliación sabiendo que superarás el salario mínimo. Te tocará devolver la diferencia en la regularización.
Preguntas frecuentes
¿La tarifa plana es para siempre?
No. Dura 12 meses, ampliables a 24 si ganas menos del salario mínimo. Después pagas la cuota que corresponda a tu tramo de ingresos.
¿Puedo tener tarifa plana si trabajo por cuenta ajena?
Sí. Lo que cuenta es no haber estado de alta como autónomo en los años anteriores, no si tienes además una nómina.
¿Me la conceden automáticamente?
No. Tienes que marcarla al darte de alta en la Seguridad Social. Si cumples los requisitos, se aplica desde el primer mes.
¿Qué pasa si me doy de baja durante la tarifa plana?
Dejas de pagar la cuota desde la baja. Si vuelves a darte de alta antes de 3 años, no tendrás tarifa plana de nuevo.
¿La tarifa plana afecta a mis impuestos?
No directamente: los 80 € son un gasto deducible en tu IRPF, igual que la cuota normal. Lo explicamos en gastos deducibles de un autónomo.
Fuentes
- Tarifa plana de autónomos: cuantía, duración y requisitos (Infoautónomos)
- Cuota reducida para personas con discapacidad y víctimas, artículo 38 ter de la Ley 20/2007 (Quipu)
- Salario mínimo interprofesional 2026: 1.221 € en 14 pagas (CSIF)
Artículo informativo, no sustituye el asesoramiento personalizado. Cifras vigentes en 2026; se actualizan cada enero. Revisado por: [nombre del asesor, n.º de colegiado]. Última revisión: [fecha].